La guerra de las marcas por ganar desesperadamente un lugar en los sentidos del consumidor muchas veces rebasa los límites entre la ficción y la realidad: cereales fortalecidos con vitaminas desconocidas, productos que prometen regenerar el cabello, galletas como hechas en casa que se parecen a las de la abuela, tenis que venden esperanzas de figura perfecta, cremas que prometen un rostro rejuvenecido y no son más que cosméticos... ¿Sabes cómo se determina si una publicidad es engañosa o abusiva? La Procuraduría analizá todo el contenido del anuncio publicitario, sin descomponer sus partes integrantes, incluyendo las palabras y los números, hablados y escritos, las presentaciones visuales, musicales y los efectos sonoros. Asimismo, se consideran, la naturaleza del producto, el medio de difusión, los destinatarios de la misma, el contexto temporal en que se difunde el anuncio publicitario, entre otros.
¿Qué es lo que se verifica en una pieza publicitaria? La Procuraduría verificará:
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La información contenida y los efectos o beneficios ofrecidos sean comprobables;
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Las afirmaciones objetivas sean comprobables;
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Las afirmaciones que refieran que los beneficios prometidos, se obtendrán de forma inmediata o en un periodo determinado, cuenten con sustentos;
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Se evite utilizar términos categóricos o superlativos que induzcan al error o confusión a los consumidores;
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Evite desacreditar, mediante aseveraciones falsas, el establecimiento, los productos o la actividad industrial o comercial, de cualquier otra persona o empresa y de sus productos, servicios;
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Se abstenga de realizar comparaciones entre bienes, productos o servicios que induzcan al error o confusión a los consumidores por no ser comprobables o carecer de objetividad. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en los lineamientos sobre publicidad comparativa en materia de precios emitidos por la Procuraduría, y
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No se utilicen los resultados de las investigaciones, encuestas y monitoreos publicados por la Procuraduría con fines publicitarios o comerciales.
En el combate a la publicidad engañosa, los consumidores son los mejores aliados de Profeco. Por eso, Profeco te invita a participar en esta importante labor a través de tus denuncias. Si has identificado alguna frase publicitaria que pueda ser engañosa, envíala a la dirección publicidadenganosa@profeco.gob. Ahora lo sabes, la próxima vez que te encuentres frente a una promoción tentadora o un producto maravilloso, toma distancia de tu bolsillo y con la cabeza fría pregúntate: ¿los beneficios prometidos suenan razonables?, ¿las leyendas son claras y congruentes entre sí?, ¿el producto anunciado tiene garantía?, ¿hay condiciones o restricciones? Consulta la sección de requerimentos y procedimientos por publicidad engañosa para conocer las sanciones que han recibido algunas empresas por incurrir en este tipo de irregularidades.
Por Portal del Consumidor PROFECO
miércoles, 20 de noviembre de 2013
IDENTIFICA LOS TIPOS DE PUBLICIDAD ENGAÑOSA Y PUBLICIDAD ABUSIVA
